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Corte de Concepción rechaza amparo de interno que denunció …

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Noticias 25 de septiembre de 2026 Descarta amenaza actual para interno Corte de Concepción rechaza amparo de interno que denunció riesgo de reingreso a módulo donde fue agredido Amparo ConstitucionalJudicialRecurso de amparo El tribunal estableció qu…

Noticias 25 de septiembre de 2026 Descarta amenaza actual para interno Corte de Concepción rechaza amparo de interno que denunció riesgo de reingreso a módulo donde fue agredido Amparo ConstitucionalJudicialRecurso de amparo El tribunal estableció que Gendarmería no había dispuesto ni pretendía trasladarlo nuevamente al módulo donde sufrió una agresión con arma blanca y constató que permanecía bajo medidas de resguardo en otra dependencia del recinto penitenciario. imagen: IA Publicidad La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó un recurso de amparo presentado en favor de un imputado en prisión preventiva, quien había denunciado una amenaza para su vida e integridad física y psíquica ante la posibilidad de ser reingresado al módulo del Complejo Penitenciario Biobío donde anteriormente había sido agredido con un arma blanca. La acción fue interpuesta en contra de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, Región del Biobío, y se fundó en que el interno había sido víctima, el 6 de julio de 2026, de una grave agresión por parte de terceros mientras permanecía en el Módulo N° 6 del recinto penitenciario. Producto del ataque, sufrió múltiples heridas cortopunzantes en el brazo, muslo, escápula y tórax. Según expuso su defensa, posteriormente fue trasladado de manera transitoria al Módulo N° 53. Sin embargo, la administración penitenciaria le habría comunicado que sería nuevamente ingresado al Módulo N° 6, lo que, a juicio de la defensa, constituía una amenaza cierta, grave y actual para su vida e integridad física. La defensa agregó que el amparado registra un 87% de discapacidad de origen mental o psíquico, asociada a un diagnóstico de esquizofrenia. Por ello, solicitó que se ordenara a Gendarmería abstenerse de reingresarlo al Módulo N° 6 y disponer su reubicación definitiva en el Módulo N°7 o en otra dependencia que permitiera garantizar su seguridad. Al informar ante la Corte, Gendarmería acompañó la Minuta N° 1067 de la Oficina de Clasificación del penal. Señaló que, revisados los antecedentes institucionales, el interno permanece en el Módulo N°53 desde el 9 de septiembre de 2026, sin registrar hechos recientes de violencia ni vulneraciones a su integridad física o psíquica. La autoridad penitenciaria precisó que no había existido ni constaba en la administración local intención alguna de trasladar al amparado nuevamente al Módulo N°6. Explicó que su permanencia en el Módulo N°53 correspondía a una medida complementaria de seguridad destinada a resguardar su integridad en el sector norte del establecimiento, considerando además su perfil de alto compromiso delictual. Al analizar la acción, la Corte recordó que el artículo 21 de la Constitución establece el recurso de amparo como una acción cautelar destinada a restablecer el imperio del derecho cuando una persona se encuentra privada, perturbada o amenazada en su libertad personal o seguridad individual por actos u omisiones ilegales o arbitrarios. El tribunal señaló que, para que proceda esta tutela urgente, debe existir un acto u omisión que tenga de manera cierta y actual el carácter de ilegal o arbitrario. En este caso, la defensa había identificado como acto arbitrario la supuesta amenaza de reingresar al interno al Módulo N°6, lugar donde anteriormente había sufrido las agresiones con arma blanca y que, según se alegó, ponía nuevamente en riesgo su integridad física y psíquica. Lee también Corte de Concepción rechaza amparo contra caducidad de requisitos para acceder a beneficio de reducción de condenaSin embargo, a partir de los informes y documentos acompañados, la Corte estableció que la administración penitenciaria no había dispuesto ni pretendía materializar el reingreso del interno a dicha dependencia. Asimismo, constató que, de acuerdo con la Minuta N°1067 de la Oficina de Clasificación, el amparado permanecía efectivamente en el Módulo N°53 del sector norte del recinto desde el 9 de septiembre de 2026, donde se le habían otorgado medidas de resguardo y protección acordes con su perfil y sus necesidades de seguridad. En consecuencia, el tribunal concluyó que el recurso había perdido oportunidad, debido a que el supuesto de hecho que motivó su interposición —el eventual e inminente reingreso al Módulo N°6— había sido categóricamente desvirtuado por la autoridad penitenciaria. La Corte agregó que, al encontrarse el interno recluido en el Módulo N°53 y no existir una orden o trámite destinado a trasladarlo nuevamente al sector donde había sufrido las lesiones, no correspondía adoptar medidas cautelares adicionales sobre este punto. En cuanto a la legalidad de la actuación de Gendarmería, el tribunal recordó que corresponde a dicha institución la administración y custodia de los establecimientos penitenciarios, de acuerdo con su Ley Orgánica y el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Sobre esa base, estimó que la autoridad había actuado dentro del ámbito de sus facultades reglamentarias y de su discrecionalidad técnica al asignar al amparado una dependencia compatible con el resguardo de su integridad y el mantenimiento del orden interno. La Corte también descartó la existencia de una afectación actual de las garantías fundamentales invocadas. En particular, sostuvo que no se advertía un acto u omisión ilegal o arbitrario que afectara actualmente la seguridad individual del interno. Respecto de sus patologías de salud mental, el tribunal señaló que dicha circunstancia no alteraba la conclusión anterior, puesto que la autoridad penitenciaria había mantenido preventivamente su asignación al sector norte precisamente con el propósito de evitar riesgos para su integridad. Por estas consideraciones, la Corte de Concepción rechazó el recurso de amparo interpuesto en favor del interno en contra de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, Región del Biobío.   Vea sentencia Corte de Concepción Rol N° 696-2026 (amparo). Todo el Diario Constitucional, sin límites. Obtén acceso ilimitado a nuestra plataforma y consulta todos los contenidos exclusivos para suscriptores con un 10% de ahorro. 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Redacción Cabrero en Línea.

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