El Ministerio de Agricultura, a través del SAG, oficializó una zona de control obligatorio en la región vecina para combatir la Lobesia botrana. La medida, publicada en el Diario Oficial, busca proteger la producción agrícola y unifica normativas anteriores.
SAG establece área reglamentada en 21 comunas de Ñuble por plaga de la Polilla del Racimo de la Vid
CHILLÁN.- El Ministerio de Agricultura, a través del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), ha oficializado el establecimiento de un área reglamentada en 21 comunas de la Región de Ñuble para intensificar la lucha contra la Polilla del Racimo de la Vid (Lobesia botrana). La medida, contenida en la Resolución Exenta N° 665 y publicada en el Diario Oficial el 30 de septiembre de 2026, busca fortalecer las acciones de prevención, control y erradicación de esta plaga de control obligatorio que afecta principalmente a la producción vitivinícola.
Las comunas de la región vecina que quedan bajo esta nueva normativa son Coihueco, Ñiquén, San Carlos, San Nicolás, Coelemu, Ninhue, Portezuelo, Quirihue, Ránquil, Trehuaco, Cobquecura, Bulnes, Chillán Viejo, Chillán, El Carmen, Pemuco, Pinto, Quillón, San Ignacio, Yungay y San Fabián. Esta resolución unifica y deroga normativas previas, consolidando un único marco de acción para toda la zona.
Estrategia de Control y Vigilancia
La resolución se enmarca en la Estrategia del Programa Nacional de Lobesia botrana y define zonas específicas de acción para contener la plaga. La normativa establece un área de vigilancia y control que se activa con cada nueva detección del insecto.
Se estableció como área reglamentada la zona definida por un radio de 3 km y dentro de ésta un área de control de 500 metros, determinadas ambas desde cada brote de la plaga Lobesia botrana, dentro de la cual se ejecutan las labores de control propiamente tal.
Esta medida es crucial para los agricultores de la zona, quienes deberán seguir estrictamente los protocolos del SAG para el manejo de sus cultivos y el movimiento de productos vegetales, con el fin de evitar la propagación de la polilla a otras áreas, incluyendo regiones colindantes como Biobío.
Marco Legal y Responsabilidad Institucional
La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica del SAG (Nº 18.755) y el Decreto Ley Nº 3.557 sobre Protección Agrícola, que otorgan al servicio la facultad de fiscalizar y aplicar las normas para el control de plagas. La declaración de control obligatorio para la Lobesia botrana obliga a los propietarios de predios a adoptar las medidas fitosanitarias que la autoridad determine para su erradicación, siendo una responsabilidad compartida entre el Estado y el sector privado.
Redacción Cabrero en Línea basándose en información de vlex.cl.


