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Confirman condena por conducir ebrio en Mulchén pese a no existir prueba de alcoholemia

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La Corte de Apelaciones de Concepción desestimó un recurso de nulidad, validando una sentencia basada en testimonios y signos clínicos. El fallo ratifica la condena de 540 días de presidio, multa y suspensión de licencia por dos años.

La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Letras y Garantía de Mulchén en contra de un conductor condenado por manejar en estado de ebriedad. El fallo, que rechaza el recurso de nulidad presentado por la defensa, ratifica la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y la suspensión de su licencia de conducir por un período de dos años. La particularidad del caso es que la condena se logró sin una prueba de alcoholemia, basándose en otros antecedentes probatorios.

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Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 6 de mayo de 2024 en Mulchén, cuando Carabineros fiscalizó al conductor por exceso de velocidad. Los funcionarios policiales notaron signos evidentes de ingesta de alcohol, como ojos rojos, aliento alcohólico e inestabilidad al caminar. Ante esta situación, el hombre se negó a realizarse el test respiratorio en el lugar y, posteriormente, la alcoholemia en el hospital local, lo que derivó en su detención.

Argumentos de la Defensa Desestimados

La defensa del condenado recurrió de nulidad argumentando varias causales. Sostuvo que el juez de primera instancia carecía de imparcialidad por haber conocido previamente otras causas del acusado. Además, alegó que la sentencia carecía de lógica al no contar con una prueba científica que acreditara una concentración de alcohol igual o superior a 0,8 gramos por litro de sangre. Incluso, se planteó la existencia de una supuesta persecución policial y médica en contra del acusado, vinculada a conflictos familiares previos.

El tribunal de primera instancia tuvo por acreditada la conducción en estado de ebriedad a partir de los signos clínicos observados por el médico, el testimonio del carabinero, la conducta agresiva del acusado y su negativa a someterse a las pruebas.

El Valor de la Prueba Indiciaria

La Corte de Concepción desestimó cada uno de los argumentos. Respecto a la imparcialidad, señaló que las causales de implicancia son taxativas y el conocimiento previo de causas civiles no inhabilita a un juez. En cuanto a la falta de alcoholemia, el tribunal de alzada respaldó el razonamiento del juzgado de Mulchén, indicando que la condena no se basó en una sola prueba, sino en un conjunto de indicios consistentes.

El fallo destacó la declaración del médico que atendió al acusado, quien explicó bajo juramento que no existían las incompatibilidades en los registros médicos que alegaba la defensa. De esta forma, la Corte concluyó que los testimonios, los informes clínicos y la propia negativa del conductor a ser examinado constituían prueba suficiente para dar por acreditado el delito, confirmando así la condena en todas sus partes, aunque la pena de presidio fue sustituida por remisión condicional.


Redacción Cabrero en Línea basándose en información de diarioconstitucional.cl.

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