El máximo tribunal del país zanjó el caso que afectó a la Corporación Educacional Domingo Parra Corvalán, confirmando las penas contra un hombre que ejerció ilegalmente como abogado y su cómplice, quienes falsificaron documentos para tomar el control de la entidad.
Concepción.- Un fallo definitivo emitió la Corte Suprema este martes 9 de junio de 2026, al rechazar un recurso de nulidad y confirmar las condenas contra dos hombres involucrados en un caso de ejercicio ilegal de la profesión de abogado y uso de documentos falsos que afectó a una conocida institución de nuestra zona.
La sentencia, dictada originalmente por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, se mantiene firme, poniendo fin a un proceso judicial que destapó una serie de irregularidades al interior de la Corporación Educacional Domingo Parra Corvalán.
Según se acreditó en el juicio, el principal imputado se desempeñó como asesor legal de la corporación entre octubre de 2018 y marzo de 2020, presentándose como abogado titulado. Sin embargo, la investigación demostró que obtuvo su título profesional recién el 28 de junio de 2019, ocultando esta información a los directivos de la entidad, a quienes incluso convenció para que le otorgaran un mandato judicial.
Antes de ser expulsado de la entidad en marzo de 2020, el condenado simuló una asamblea extraordinaria de directorio, confeccionando un acta falsa donde se registraba la supuesta renuncia de la presidenta. De esta manera, asumió fraudulentamente el cargo de representante legal e incorporó a su cómplice como director.
El engaño no se detuvo ahí. El acta fraudulenta, que se basaba en una carta de renuncia falsificada de la presidenta, fue protocolizada ante notario. Con este documento, logró que la Secretaría Regional Ministerial de Educación del Biobío lo reconociera como el nuevo representante legal de la corporación.
Amparado en esta falsa calidad, el sujeto realizó gestiones ante bancos y organismos públicos, como el Servicio de Impuestos Internos, Previred y la Inspección del Trabajo, alterando el funcionamiento normal de la institución educacional.
Por estos hechos, el tribunal de Concepción condenó al falso abogado a 21 días de prisión por ejercicio ilegal de la profesión en grado de tentativa y a 540 días por uso malicioso de documento privado falso, además de multas. Su cómplice recibió una pena de 61 días por el mismo delito de uso de documento falso. Ambas penas de cárcel fueron sustituidas por remisión condicional.
La defensa intentó anular el juicio ante la Corte Suprema, argumentando vulneraciones al debido proceso. No obstante, el máximo tribunal desestimó las alegaciones, señalando que la condena se basó en una contundente cantidad de pruebas testimoniales y documentales, como la declaración de la propia presidenta afectada, que eran independientes de los elementos que la defensa cuestionaba.




